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Legal

Retracto y reversión del pago

Como compraste a distancia, tienes 5 días hábiles para arrepentirte de la compra. Y si pagaste con un medio electrónico y algo salió mal, puedes pedir que te reversen el pago.

Derecho de retracto

  • Tienes 5 días hábiles desde que recibes el producto para retractarte, sin tener que explicar por qué.
  • Devuelves el producto por los mismos medios y en las mismas condiciones en que lo recibiste: sin usar, completo y en su empaque.
  • Los costos de transporte de la devolución corren por tu cuenta.
  • Te devolvemos todo el dinero que pagaste, sin descuentos ni retenciones, en máximo 30 días calendario desde que te retractas.

Cómo te retractas

  1. Escríbenos por WhatsApp o al correo (están abajo) dentro de los 5 días hábiles, con el número de tu pedido o factura y la frase “quiero retractarme”.
  2. Te decimos cómo y dónde devolver el producto.
  3. Revisamos que esté en las mismas condiciones en que lo recibiste y te devolvemos el dinero por el mismo medio con el que pagaste.

Cuándo no aplica

La ley no permite el retracto en:

  • Productos hechos o cortados a tu medida, o personalizados (por ejemplo, cable por metros o pintura preparada).
  • Productos que por su naturaleza no se pueden devolver o se deterioran o vencen rápido.
  • Productos de uso personal.
  • Servicios que ya empezaron a prestarse con tu acuerdo.

Reversión del pago

Si pagaste con tarjeta de crédito, débito u otro medio de pago electrónico, puedes pedir que te reversen el pago cuando:

  • Fuiste víctima de un fraude o la compra no la hiciste tú.
  • No recibiste el producto.
  • El producto que recibiste no es el que pediste o está defectuoso.

Cómo se pide:

  1. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a cuando te enteraste del problema o recibiste el producto, avísanos (por los canales de abajo) y avísale al banco o la entidad que emitió tu tarjeta o medio de pago.
  2. Si recibiste un producto, devuélvelo en las mismas condiciones en que te llegó.
  3. El banco reversa el pago; si el reclamo no procede, te lo vuelve a cobrar.

Base legal: Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), artículos 47 y 51, y Decreto 1074 de 2015.